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Se ofrece aquí un breve estudio sobre el origen, la condición y actividades de los cambiadores, estudio que se centra en la figura de algunos cambiadores madrileños. Se analizan, además, sus relaciones con el poder central y los gobiernos locales así como los vínculos con las finanzas concejiles.
PALABRAS CLAVE: cambios, cambiadores, finanzas concejiles, Madrid, siglo XV.
Definir a los cambiadores como los "que cambian las monedas" es algo tan cierto como incompleto. En efecto, su nombre expresa su oficio --se habla del "oficio de cambiador"--, oficio que parecen tener muy incorporado a su condición, pues al pedir que se les arriende un suelo de cambio, cada uno de los interesados no se limita a pedirlo, sino que aclara que lo desea porque "es cambiador público".
Ese oficio consistía, en principio, en cambiar unas monedas por otras, como actualmente hacen las casas de cambio o los bancos. Lo que implicaba conocer el valor al día de unas y otras. Al día porque, a juzgar por algunos textos, se producen oscilaciones más o menos frecuentes en el valor de las monedas y el oro, lo que lleva, cuando se habla de precios de una u otro, a mencionar fechas; así, un documento sevillano de comienzos del siglo XV habla de "lo que valieren el día 11 de abril" las doblas moriscas. (1)
De esas operaciones obtenía el cambiador una ganancia, un porcentaje sobre el total, porcentaje que conocemos, fijado por ley, y que no llegaba al 1%. (2) Es esa actividad la que define al oficio, y el que la desempeña resulta un personaje indispensable en todo núcleo urbano de cierta importancia desde el momento en que se encuentra en el marco de una economía dineraria. Será más intensa y más variada su acción, siempre relacionada con las finanzas, en tiempos y lugares de mayor vida económica. Vale decir que, poco numerosos en lugares de bajo desarrollo, en momentos de escaso movimiento mercantil, aumenta su número donde o cuando esa situación se revierte, y ese aumento será proporcional al del movimiento financiero, del que son elemento imprescindible. La multiplicidad de monedas que corrían por el reino, las nuevas acuñaciones que se producían de tanto en tanto, exigían su presencia. Por ello es impensable que faltaran en las grandes ferias castellanas del siglo XV, donde se produce un tráfico de capitales y monedas. (3) Por ello es también inadmisible que estuvieran ausentes de las ciudades y villas en esa época.
Ciudades y villas en las que, por cierto, el cambista cubre otras necesidades de la población y de los gobiernos locales --los préstamos y los giros, por ejemplo-- y no sólo el cambio de monedas.
Más adelante nos referiremos a algunas de las actividades en las que suele involucrarse, no todas ellas implícitas en el oficio de cambiador. Ahora es preciso mencionar una que, al contrario, si no forma parte del cambio, aparece, en este siglo XV, incorporada a él y así reconocida en los documentos de concesión del suelo de cambio. Me refiero al hecho de que los cambiadores eran también depositarios de dinero, oro y joyas de particulares. (4) Así lo informa la obligación que contraen, expresada en una fórmula casi invariable: "Bernaldino de Portillo canbiador, vezino desta villa, se obligó de dar cuenta e razón e pago a todas e qualesquier personas, asy vezinos desta dicha villa, commo de fuera della, que en el dicho su canbio e en su poder pusieren e depositaren qualesquier quantyas de maravedís, oro e plata e joyas e otras qualesquier cosas desde el día que por las tales personas le fuere demandado fasta terçero día, so pena del doblo [...] obligó a sy e a sus bienes. E dio [...] por su fiador [...] a Francisco Núnnez de Portillo, su hermano". (5)
En otra ocasión he señalado los problemas que se creaban cuando se trataba de hallar un lugar seguro para esos bienes. Seguro en cuanto estuviera a salvo de robos y también de apoderamientos. Había quien entregaba fuertes sumas a un escribano de confianza, pero el sitio más adecuado parecen haber sido los monasterios. San Benito de Valladolid prestó en ese aspecto excelentes servicios. Allí fueron a parar lo mismo joyas y platería de Juan Alfonso de Robles --el monasterio no pudo evitar que Juan II los confiscara-- que tinajas de vino de un escribano. Y no sólo los particulares recurrieron a él: también los reyes eligieron a San Benito como depositario de bienes. (6)
El cambiador desempeñó ese mismo papel. De ese hecho surgen algunas preguntas. ¿Cómo se explica el depósito de joyas en "el cambio"? ¿Se trata de un favor a un cliente? ¿De la garantía de un préstamo? (7) ¿O se paga interés por ese depósito? (8) Y si hablamos de dinero, es dudoso que permaneciera inmóvil en su poder, aunque algunas veces ése parece haber sido el caso (9) --y pues que al reclamar los depositantes su devolución debían devolverlo dentro de los tres días de hecho el pedido había de disponer de un importante capital en efectivo; (10) lo contrario lo pondría en una situación por demás difícil, que podía culminar con la prisión. (11)
1. El comienzo
Aparecieron, sin duda, en fecha temprana, posiblemente relacionados con los mercados, más tarde con las ferias, donde se realizaban transacciones en todo tipo de monedas. Desde luego los habría en la Sevilla que conquistó Fernando III, en temprana relación con los mercaderes genoveses (la calle de Génova es, justamente, la de los cambiadores. Y no por casualidad). Pero dista de ser una exclusividad de la España musulmana; en ese mismo siglo se oye hablar de cambiadores en la España cristiana, en Burgos igual que en Oviedo. (12)
En esta centuria que tratamos --siglo XV-- son muchos en ciertas ciudades, las más importantes, las de mayor actividad económica, escasos en otras, y, aparentemente, faltantes en algunas. No se los ve aparecer, por ejemplo, en los Libros de Concejo de Castro Urdiales, que no contienen ninguna disposición que trate de ellos o de su actividad; tal vez documentos de otra índole darían más información. En las Ordenanzas del Concejo de Córdoba se los menciona sólo en relación con los derechos que debían pagar en las ferias. (13) Abundan en cambio en Sevilla y en Valladolid. Y los hay, por supuesto, en otras ciudades: en Toledo, (14) lo mismo que en Segovia, (15) y en Valencia como en Ecija. (16)
Es difícil precisar su número; en los "Libros de Actas" de Valladolid se nombran trece en 1497; pero la frase "y los otros cambiadores" indica que eran más. Madrid menciona tres o cuatro. En la segunda mitad del siglo XV surge uno, quizá el primero, en Carmona. (17) Tengo noticias muy dispersas de los burgaleses en esa época; sin embargo, debieron de ser importantes, a juzgar por la actividad comercial de la ciudad y sus relaciones con otros centros del mismo carácter. Por otra parte, si, como afirma Basas Fernández, Burgos fue, en los siglos XVI y XVII, una plaza de cambios que compitió con Medina y la suplantó en algún momento, y si, por otra parte, tenía cambiadores ya en el siglo XIII, no es arriesgado pensar que en el XV supiera de un movimiento destacado. Si no se le llama cambiador, debió de serlo Pedro García el Rico, que realiza las actividades propias del oficio: arrendador de rentas, prestamista y banquero. Y cuya familia poseía bancos de cambio en Burgos. (18) Betsabé Caunedo del Potro habla de la importancia que tuvieron algunos mercaderes burgaleses en los negocios de dinero, fundamentalmente como prestamistas. (19) Y afirma, basándose en un pleito de 1507, que "una actividad bancaria específica <
Antes de 1492 participaron en el negocio del cambio muchos hispano-judíos, Isabel Montes Romero-Camacho afirma que "el personaje del judío cambiador era normal en Sevilla, ya en el siglo XIII". (21) Según Collantes de Terán, todos los más de los cambiadores sevillanos lo eran, y continuaron desempeñándose como tales luego de convertidos. (22) Los nombres de cambistas sevillanos registrados en algún texto parecen insinuar la posibilidad de que los hubiera también cristianos, pero es verdad que la adopción por los conversos de apellidos de vieja raigambre hispana hace difícil distinguirlos; es muy probable que también hubiera conversos con el mismo oficio en otras ciudades --en Valladolid un Verdesoto es sometido a proceso por la Inquisición--, pero no siempre es fácil descubrirlos.
2. Relaciones con el poder
A pesar de su diferente presencia en unas y otras ciudades, fueron en términos generales lo suficientemente numerosos, y su actividad, estrechamente relacionada con la moneda y las finanzas, tan importante como para que merecieran la atención de dos círculos de poder: el gobierno central o, mejor dicho, la monarquía, y los gobiernos locales.
a. Con el poder central
Las más altas autoridades del reino se ocuparon de ellos para reglamentar su actividad, ya concediendo un monopolio de los cambios, como el que logró Martín Ruiz de Arriaga de Enrique III, ya para modificar esa concesión, (23) e imponer nuevas exigencias. En efecto, en 1435, Juan II establecía la libertad de cambios para todo el reino, prohibiendo los monopolios y los arrendamientos, y disponiendo que los cambiadores fueran personas "llanas, abonadas y quantiosas y de buena fama", designados por el rey en la corte, por justicias y regidores en villas …